
Qué música favorece la conversación en cafeterías y restaurantes
Qué música favorece la conversación en cafeterías y restaurantes: volumen, selección y una prueba por zonas para crear un ambiente cómodo al socializar.
Muzakia
Hilo musical para negocios sin SGAE

Si tienes un bar, una tienda o un gimnasio, es posible que te haya llegado un correo o una carta de Somos Música pidiéndote que «regularices» tu licencia de música. No es spam ni una multa: es la marca con la que AGEDI y AIE gestionan los derechos de la música grabada que suena en los negocios. Pero tampoco es una factura que haya que pagar sin mirar.
En esta guía te explicamos quién es Somos Música, por qué te escribe y cómo responder según la música que uses en tu local. Si necesitas el contexto general sobre las entidades de gestión, consulta SGAE, AGEDI y AIE: quién es quién y qué cubren.
Respuesta rápida
No ignores la comunicación, pero no pagues de inmediato. Primero comprueba qué música suena en tu local. Si pones radio, televisión, Spotify, YouTube o discos comerciales, lo normal es que necesites esa licencia. Si tu música viene solo de un proveedor con catálogo propio, responde por escrito pidiendo que concreten qué grabaciones reclaman, cómo lo han comprobado y qué tarifa aplican.
Somos Música es la marca conjunta de dos entidades de gestión: AGEDI, que representa a los productores de las grabaciones (las discográficas), y AIE, que representa a los artistas intérpretes, es decir, a quienes cantan y tocan en esas grabaciones. Nació en 2024 dentro de la Oficina Conjunta de Recaudación de AGEDI-AIE para que los negocios tengan un único interlocutor a la hora de licenciar la música grabada, según explica la propia web de Somos Música.
Es importante no confundirla con la SGAE. La SGAE cobra por los derechos de los autores (compositores y letristas) y Somos Música por los de productores y artistas. Son licencias distintas y acumulables: pagar una no te cubre la otra.
Poner música grabada en un espacio abierto al público es, para la ley, una comunicación pública. Los artículos 108.4 y 116.2 de la Ley de Propiedad Intelectual establecen que quien usa en público un fonograma publicado con fines comerciales debe pagar una remuneración equitativa y única a sus productores y artistas. Ese derecho solo puede cobrarse a través de las entidades de gestión, que en este caso son AGEDI y AIE.
Somos Música no sabe qué suena en cada local. Muchas de sus comunicaciones son envíos masivos a negocios de sectores donde lo habitual es tener música: hostelería, comercio, gimnasios, peluquerías. Por eso la carta suele dar por hecho que usas su repertorio, aunque no lo hayan comprobado.
Somos Música es una entidad legítima, pero conviene comprobar que el mensaje viene de ella antes de responder o pagar:
Aquí conviene ser claros: si en tu local suena la radio, la televisión, Spotify, YouTube o cualquier música comercial, estás usando repertorio de AGEDI y AIE, y lo normal es que necesites su licencia. Una suscripción de streaming, aunque sea de pago, es para uso privado y no cubre la música en un negocio.
En ese caso, lo razonable es comprobar que la tarifa que te aplican corresponde a tu actividad real. La ley obliga a las entidades a publicar tarifas generales, simples y claras, que dependen del tipo de negocio, la superficie o el aforo. Puedes hacerte una idea de lo que te corresponde con nuestra calculadora de tarifas SGAE y AGEDI-AIE. Recuerda que la SGAE se paga aparte.
Hay proveedores de música para negocios que no usan canciones comerciales, sino un catálogo propio creado para ambientar locales. Si esa es tu única fuente de música, la situación es distinta: la carta parte de una premisa, que usas su repertorio, que no han comprobado.
En tu respuesta puedes explicar cuál es tu fuente de música y pedir que concreten:
Pide también a tu proveedor la documentación que acredite su catálogo y tu contrato, como un certificado a nombre de tu establecimiento. Ten en cuenta que no hay, por ahora, una resolución judicial que aclare cómo se aplican estos derechos a los catálogos propios de los proveedores, así que conviene responder con prudencia y bien documentado.
Muzakia ofrece hilo musical para negocios con un catálogo propio, que no forma parte del repertorio de la SGAE, organizado por tipo de negocio y momento del día. Cada cliente recibe un certificado nominal para su establecimiento.
Y si te llega una reclamación, no estás solo: nuestros clientes cuentan con apoyo para responder a cualquier comunicación de las entidades de gestión.
No. La SGAE gestiona los derechos de autores y editores. Somos Música es la marca de AGEDI y AIE, que gestionan los derechos de productores y artistas intérpretes de las grabaciones. Son licencias independientes.
Si usas música comercial, normalmente sí: cada licencia cubre derechos distintos sobre la misma canción. Pagar la SGAE no cubre los derechos de productores y artistas.
Si en tu local suenan grabaciones comerciales, sí: la ley obliga a pagar una remuneración a sus productores y artistas, y solo puede cobrarse a través de AGEDI y AIE. Si no usas su repertorio, puedes pedir que acrediten el uso que reclaman.
Lo habitual es que insistan con nuevas comunicaciones y, en algunos casos, que acudan a la vía judicial. Responder por escrito, aunque sea para pedir información, te deja en mejor posición.
Depende del tipo de negocio, la superficie o el aforo y el uso que hagas de la música. Las tarifas son públicas; puedes estimarlas con nuestra calculadora de tarifas SGAE y AGEDI-AIE.
Nota informativa
Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento jurídico. Las tarifas y condiciones de las entidades de gestión pueden cambiar; confírmalas con la entidad correspondiente antes de tomar una decisión.
Música para tu negocio, con apoyo si te reclaman
Catálogo propio organizado por estilos y tipos de negocio, fuera del repertorio de la SGAE, con certificado nominal descargable.
Prueba gratuita de una semanamuzakia
Somos una plataforma española de música ambiental para negocios. Catálogo organizado por estilos y tipos de negocio, sin repertorio gestionado por SGAE, AGEDI o AIE, y con certificado nominal descargable.

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